Y ENTONCES LE PREGUNTAN AL EMBAJADOR ESPAÑOL EN MONTEVIDEO…. SI DI STEFANO ESTABA NACIONALIZADO ESPAÑOL.

De los 100.001 MANTRAS MENTIROSOS de los “saltataulells”, uno de los extendidos es el de las dificultades y problemas que tuvo Kubala, para nacionalizarse español y luego las zancadillas que tuvo para debutar con la Selección.

En la otra acera, se puede escribir una tesis doctoral, con las mentiras y manipulaciones que han vertido sobre los favores franquistas en las dos cuestiones anteriores que tuvo Di Stefano.

A los dos días de llegar, D. Alfredo, como le interesa al equipo del general Franco, que, por supuesto viste de blanco, es rápidamente nacionalizado español, sin cumplir plazos y al tercero juega con la Selección, sin problemas.

No se vuelve a adjuntar aquí todo lo publicado en este BLOG, para no cansar, sobre” El Caso Di Stefano”, mucho procedente de la pluma del atlético Bernardo de Salazar, que dio su permiso previo para su publicación.

Son tan evidentes las mentiras de sus crónicas y libros, QUE LES DA IGUAL LO QUE LES DEMUESTRES CON EVIDENCIAS, ellos con su equipo y…… la verdad por otro lado.

Es la escuela “saltataulells”.

Hay una frase según la cual el éxito solo viene delante del trabajo en el diccionario.

Pero este BLOG es más trabajador que suerte tiene y un día buscando selectivamente se topó en el Archivo de la Administración de Alcalá, con la carpeta número 88 y referencia 88-N 56 del año 1956 con el titulo de “Nacionalización de Alfredo STEFANO DI STEFANO”.

En dicha carpeta se encuentran una serie de documentos, cuyo origen es contestar a una pregunta que el embajador de España en Uruguay hace a Madrid, sobre si Di Stefano este nacionalizado español o no.

Los documentos tienen fecha entre 1956 y 1957 y se recuerda que Di Stefano había comenzado a jugar en el Real Madrid en octubre de 1953.

De menor a mayor antigüedad se van indicando al lector.

DOCUMENTO 1

DIRECCION GRAL. DE ASUNTOS CONSULARES

Madrid, 17 de julio de 1957.

ASUNTO: Nacionalización española

Pasaportes  ALFREDO DI STEFANO.

“Excmo. Señor:

En respuesta a su despacho nº 274 de fecha 12 del ppdº. en el que interesaba conocer si el jugador de futbol argentino ALFREDO DI STEFANO se había nacionalizado español y fecha, cúmpleme comunicar a V. E. que, según informe del Ministerio de Justicia, Dirección Gral. de los Registros y del Notariado por orden del señor Ministro de Justicia de fecha 13 de octubre de 1956 le fue concedida la nacionalidad española al citado jugador de futbol Don ALFREDO STEFANO DI STEFANO, cuya concesión fue comunicada a su debido tiempo al Juzgado Municipal nº 3 de Madrid.

 

Lo que de Orden del señor Ministro de Asuntos Exteriores digo a V.E. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V.E. muchos años

EL DIRECTOR GENERAL

P.D.

(Hay un sello)”

SEÑOR EMBAJADOR DE ESPAÑA DE MONTEVIDEO.

 

DOCUMENTO 2

MINISTERIO DE JUSTICIA DIRECCION GENERAL DE LOS REGISTROS Y DEL NOTARIADO AL CONTESTAR CITESE ESTA REFERENCIA

REF. 205-817-57

“ Iltmo Señor:

En relación con su escrito 25 del ppdº mes, Ref. 88-N-56 nº1137, al que se acompaña copia de otro del Embajador de España en Montevideo, relativo al jugador de futbol D. ALFREDO STEFANO DI STEFANO, debo poner en su conocimiento que le fue concedida la nacionalidad española por Orden del Sr. Ministro de Justicia de fecha 13 de octubre de 1956, extremos que se comunicaron a su debido tiempo al Juzgado Municipal nº 3 de Madrid.

Dios guarde a V.S. muchos años.

Madrid, 6 de julio de 1957.

 

EL DIRECTOR GENERAL

(Firma ilegible)”

ILTMO SR DIRECTOR GENERAL DE ASUNTOS CONSULARES. –

MADRID

 

DOCUMENTO 3

DIRECCION GRAL. DE ASUNTOS CONSULARES

Pasaportes

Ref. 88-N-56

1.137 (a mano)

Madrid, 25 de junio de 1957.

Asunto: Nacionalidad española de D. Alfredo Stefano Di Stefano.

Ilmo. Señor:

De orden del Sr. Ministro de Asuntos Exteriores y para la resolución que proceda, tengo el honor de acompañar adjunto a V. I. copia del despacho num. 274, de 12 del mes en curso del Sr. Embajador de España en Montevideo solicitando información respecto a la fecha en que obtuvo la naciónalidad española el jugador de futbol D. Alfredo STEFANO DI STEFANO y cuya solicitud formuló ante el Juzgado Municipal núm 3 de Madrid, según expediente de esa Direccion General número 252-1.006-56.

Dios guarde a V. I. muchos años.

EL DIRECTOR GENERAL

PD.

Ilegible

SEÑOR DIRECTORGENERAL DE LOS REGISTROS Y DEL NOTARIADO.- Ministerio de Justicia.

 

DOCUMENTO 4

Embajada de España

Nº 274

Montevideo, 12 de junio de 1957

DIRECCION GENERAL DE REGIMEN INTERIOR

ASUNTO: Nacionalización como español, jugador Alfredo Di Stefano.

 “Excmo. Señor:

Para poder contestar una pregunta, que me ha sido hecha, ruego a V. E. tenga a bien ordenar, si lo estima oportuno, se me comunique si el jugador de futbol argentino Alfredo Di Stefano se ha nacionalizado como español y la fecha en que obtuvo la nacionalización.

Dios guarde a V. E. muchos años.

EL EMBAJADOR DE ESPAÑA

Firma

Marqués de Saavedra

Excmo. Señor Ministro de Asuntos Exteriores

MADRID

 

El resto de la documentación que sigue tiene fecha 1956 y es la relativa al cruce reglamentario entre los Ministerios de Justicia y de AA. EE., del trámite de la nacionalización de Di Stefano.

 

DOCUMENTO 5  

MINISTERIO DE JUSTICIA DIRECCION GENERAL DE  LOS REGISTROS Y DEL NOTARIADO

SECCION IV

AL CONTESTAR CITESE ESTA REFERENCIA

REF. 252-1.006-56.

 

EXCMO. SEÑOR:

A los efectos de concesión de nacionalidad española por vecindad al súbdito argentino Don ALFREDO STEFANO DI STEFANO. hijo de Alfredo y de Eulalia Elena con domicilio en Madrid, calle de Oriz nº 25. mediante expediente instruido a su instancia en el Juzgado Municipal nº 3 de Madrid. ruego a V. E. manifieste a este Centro, a la vista de los datos obrantes en los Registros de ese Departamento, si existe algún inconveniente en la concesión de la nacionalidad solicitada.

 

Dios guarde a V. E. muchos años.

Madrid 10 de octubre de 1956.

EL DIRECTOR GENERAL

Ilegible”

Excmo. Sr. Ministro de Asuntos Exteriores.

 

DOCUMENTO 6

252-1.006-56

Madrid, 9 de Octubre de 1956.

“Con esta fecha tiene entrada en este Centro expediente sobre la concesión de nacionalidad al súbdito Argentino DON ALFREDO STEFANO DI STEFANO, tramitado por el Juzgado Municipal num. 3 de Madrid.

Del mismo resulta que por escrito de 3 de Octubre de 1956, ratificado el 4 de dicho mes y año, compadece en dicho Juzgado el interesado, mayor edad, de profesión futbolista, natural de Buenos Aires ( Argentina), casada con Doña Alicia Freites, y con domicilio en Madrid, calle Oriz nº 25 ( Hotel), el cual al amparo de lo dispuesto en los articulos19 y 20 del Código Civil, en relación con el Decreto de 29 de abril de 1951 y de Orden de 9 de marzo de 1939, y de conformidad con el Decreto de 2 de abril de 1955, solicita le sea concedida la Nacionalidad Española.

En comparecencia ante el Juzgado el interesado declara ser su propósito residir permanentemente en España, contar con medios de vida suficientes, y hablar y escribir correctamente el Castellano.

Dos testigos declaran conocer al interesado el cual reside en Madrid desde Septiembre de 1953, habiendo permanecido en Barcelona durante tres meses, y que observa una conducta intachable.

El Fiscal en su dictamen se muestra favorable a la concesión, así como el Juez en su informe.

        Acompaña los siguientes documentos: 

  1. – Carnet de residencia expedido por la Jefatura de Policía de Madrid, con fecha 12 de enero de 1954, correspondiente al interesado.
  2. – Libro Familiar del interesado, su esposa e hijos, expedido por la Republica Argentina el 5 de enero de 1950.
  3. – Certificado del Consulado de la Republica Argentina en Madrid relativo al nacimiento del interesado, al de su esposa e hijos. Legalizado este certificado por el Ministerio de Asuntos Exteriores Español.
  4. – Fotocopia de la partida de nacimiento del interesado, nacido el día 4 de julio de 1926, hijo de Alfredo y Eulalia Elena, Buenos Aires ( Republica Argentina).
  5. – Fotocopia de la partida de nacimiento de la esposa del interesado Doña Sara Alicia Freites, nacida en Buenos Aires  (Republica Argentina), hija de Julio Freites Varela, el día 6 de Septiembre de 1930.
  6. – Fotocopia de la partida de matrimonio del interesado con su esposa Doña Sara Alicia Freites. Celebrado en Buenos Aires el día 5 de enero de 1950.
    Los anteriores documentos están legalizados por la Sección de Asuntos Consulares de la Embajada de España en Buenos Aires.
  7. – Certificado del Consulado de la Republica Argentina en Madrid, relativo a que el interesado llegó a España el 22 de mayo de 1953, y está inscrito como ciudadano Argentino. Expedido 12-11-53.
  8. – Otro del mismo Consulado y en los mismos términos que el anterior, expedido en Madrid el 26 de Septiembre de 1956.
  9. – Otro idéntico al anterior haciendo constar además que no existen en dicho Consulado antecedentes desfavorables en lo que se refiere a la conducta del interesado.
  10. – Libreta de Enrolamiento del interesado y certificado del mismo Consulado Argentino en Madrid, justificativo de haber cumplido sus deberes militares con arreglo a la legislación Argentina.
  11. – Otro del mismo Consulado Argentino relativo a que el interesado observa buena conducta, según lo hace constar la Policía de Buenos Aires el 23 de abril de 1953, hasta dicha fecha.
  12. -Los documentos citados en los apartados 7, 8, 9, 10 y 11, están legalizados por el Ministerio de Asuntos Exteriores Español.
  13. – Certificado de la Tenencia de Alcaldía de Chamartín relativo a que el interesado reside en Madrid, calle Oriz num. 25 (Hotel), y observa buena conducta.
  14. – Otro certificado del Secretario del Excmo. Ayuntamiento de Madrid, relativo a que el interesado está Empadronado en esta Capital.
  15. -Certificado del Juzgado Municipal del Distrito de Buenavista, relativo a que el interesado vive en la calle de Henares num. 13, constando empadronado y en estado Casado.
  16. – Otro certificado de la Parroquia de San Agustín relativo a que tanto el interesado como su esposa son feligreses de dicha Parroquia y viven en la calle Henares 13.

    10 de Octubre de 1.956

Con las evidencias anteriores se puede concluir que, en la nacionalización de Di Stefano, el franquismo cumplió la ley del momento y “el equipo de Franco” no tuvo ningún privilegio.

Di Stefano venía bautizado.

Otros no.

UNA ALTRA PEL.LICULA DE FU MANCHU QUE SE´LS TANCA ALS SALTATAULELLS